LOGO INSTITUCIONAL
Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors

Exige Pronto Pago

La obligación de pronto pago a las MYPE por parte del Estado se establece en el art. 32 de la Ley de fomento, protección y desarrollo de la micro y pequeña empresa, que dice: “Las instituciones del Estado deberán cancelar los bienes y servicios adquiridos por parte de las MYPE, en un tiempo máximo de 30 días a partir de haberlos recibido.” y su art. 33.A “Los titulares de las distintas instituciones del Estado, según corresponda, serán responsables de pagar en forma oportuna las obligaciones asumidas a través de contratos de proveeduría, particularmente con las MYPE. En caso de incumplimiento en lo establecido en el inciso anterior, serán sancionados de acuerdo a lo establecido en los arts. 33 e esta Ley; y 85 y demás disposiciones aplicables de la Ley LACAP.”

Si no te han pagado en los 30 días que establece la Ley, por favor déjanos ayudarte ingresando los datos en el formulario siguiente:

    Su nombre (requerido)

    Su e-mail (requerido)

    Su teléfono (requerido)

    Cuéntanos sobre tu caso

    Publicado el 30-11-2021.